Derecho

Fuentes del derecho: jerarquía y 7 ejercicios resueltos

Las fuentes del derecho en España se ordenan por jerarquía: Constitución, leyes, reglamentos y costumbre. Esquema, conflictos y 7 ejercicios resueltos.

Recomendado para: 1º Bachillerato · 2º Bachillerato

Las fuentes del derecho son los instrumentos que producen las normas jurídicas. En España están ordenadas por jerarquía: la Constitución ocupa el primer lugar, después vienen el Derecho de la Unión Europea, las leyes y las normas con rango de ley, los reglamentos y, en último término, la costumbre y los principios generales. Una norma inferior nunca puede contradecir a una superior.

Qué son las fuentes del derecho

Una fuente del derecho es el modo en que una regla adquiere fuerza obligatoria. Se distinguen dos tipos:

  • fuentes-acto: las dicta un órgano concreto, como una ley de las Cortes o un reglamento del Gobierno;
  • fuentes-hecho: surgen de la repetición de comportamientos, como la costumbre.

El artículo 1.1 del Código Civil dice que las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Es el punto de partida, pero hoy la Constitución y el Derecho de la Unión Europea pesan más. Para ver cómo se organiza una constitución, puedes leer el resumen de la Constitución italiana y sus doce primeros artículos.

La jerarquía de las fuentes: esquema

NivelFuenteQuién la produceEjemplo
1ConstituciónPoder constituyente; reforma por los arts. 167-168Constitución de 1978
2Derecho de la UE y tratados internacionalesInstituciones europeas, Estado (arts. 93 y 96 CE)Reglamentos de la UE
3Leyes orgánicas y ordinarias; Real Decreto-ley; Real Decreto legislativo; leyes autonómicasCortes Generales, Gobierno, parlamentos autonómicosCódigo Civil, Estatutos
4ReglamentosGobierno, ministrosReal Decreto, orden ministerial
5CostumbrePráctica repetidaUsos locales
6Principios generales del derechoSe aplican en defecto de ley y costumbreBuena fe

Las leyes autonómicas no son de rango inferior a las estatales: se reparten las materias según las competencias de los arts. 148 y 149 CE.

La Constitución y su reforma

La Constitución de 1978 es la norma suprema. El art. 9.3 garantiza la jerarquía normativa, la publicidad de las normas y la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables.

Hay dos procedimientos de reforma:

Reforma ordinaria (art. 167)Reforma agravada (art. 168)
Aprobacióntres quintos de cada Cámarados tercios de cada Cámara
Trámite adicionalreferéndum si lo pide una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras en quince díasdisolución de las Cortes y ratificación por las nuevas
Referéndumsolo si se solicitaobligatorio

Si lo que se reforma es el Título Preliminar, la sección 1.ª del capítulo segundo del Título I (los derechos fundamentales), o el Título II (la Corona), se aplica el procedimiento agravado.

Derecho de la Unión Europea y tratados

Los tratados internacionales válidamente celebrados y publicados oficialmente en España forman parte del ordenamiento interno (art. 96 CE). Según el art. 93, la pertenencia a la UE se basa en una ley orgánica de cesión de competencias.

Norma de la UEEfecto
ReglamentoObligatorio y directamente aplicable en todos los Estados miembros
DirectivaObliga en cuanto al resultado, y cada Estado la incorpora con una norma propia

Si una ley nacional choca con un reglamento europeo, se aplica el reglamento: es el principio de primacía.

Leyes y normas con rango de ley

Ley orgánica (art. 81 CE). Regula el desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas, los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y otras materias previstas en la Constitución. Su aprobación, modificación o derogación exige mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

Ley ordinaria. Se aprueba por mayoría simple y regula el resto de materias. Después, el Rey la sanciona en quince días (art. 91) y se publica en el BOE. Entra en vigor a los veinte días de su completa publicación, salvo que la ley disponga otra cosa (art. 2.1 del Código Civil).

Real Decreto-ley (art. 86). Lo dicta el Gobierno ante una extraordinaria y urgente necesidad. No puede afectar a las instituciones básicas del Estado, a los derechos del Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al derecho electoral general. El Congreso debe convalidarlo o derogarlo en los treinta días siguientes a su promulgación.

Real Decreto legislativo (arts. 82-85). Las Cortes delegan en el Gobierno el poder de dictar normas con rango de ley, mediante una ley de bases o una ley ordinaria para refundir textos. La delegación fija el objeto y el plazo.

Real Decreto-leyReal Decreto legislativo
Artículo8682-85
Motivoextraordinaria y urgente necesidaddelegación previa de las Cortes
Control posteriorconvalidación del Congreso en 30 díaslímites de la delegación
Materias vedadassí (Título I, electoral, CCAA…)las que fije la delegación y las de ley orgánica

Reglamentos, costumbre y jurisprudencia

Los reglamentos los dicta el Gobierno o la Administración en ejercicio de la potestad reglamentaria (art. 97 CE). Desarrollan la ley y no pueden contradecirla; los jueces no aplican los reglamentos contrarios a la ley.

La costumbre solo rige en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada (art. 1.3 del Código Civil). Los principios generales del derecho se aplican en defecto de ley y costumbre.

La jurisprudencia no es una fuente formal en el sistema español, pero el art. 1.6 dice que complementa el ordenamiento con la doctrina reiterada del Tribunal Supremo. Para entender cómo se organiza el poder en los distintos países, puedes consultar el resumen de las formas de Estado y de gobierno.

Cómo se resuelven los conflictos entre normas

CriterioCuándo se usaRegla
Jerarquíanormas de distinto rangoprevalece la superior
Cronológicomismo rango, una posteriorla ley posterior deroga la anterior (art. 2.2 CC)
Especialidadmismo rango, una regula un caso particularprevalece la especial
Competencianormas de ámbitos distintos (Estado y Comunidades)prevalece la norma del ente competente

Cuando una ley es contraria a la Constitución, solo el Tribunal Constitucional puede anularla, a través del recurso de inconstitucionalidad (art. 161) o de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juez (art. 163).

Errores más comunes

  • Pensar que la ley orgánica está por encima de la ordinaria. Tienen el mismo rango: se distinguen por la materia y por la mayoría que exigen.
  • Creer que una ley estatal siempre vence a una autonómica. Depende de a quién corresponda la competencia.
  • Confundir los dos decretos con rango de ley. El Real Decreto-ley responde a la urgencia y el legislativo a una delegación.
  • Llamar «ley» a cualquier Real Decreto. Un Real Decreto normal es un reglamento, de rango inferior.
  • Olvidar que el juez no puede inaplicar una ley. Debe plantear la cuestión de inconstitucionalidad, mientras que un reglamento ilegal sí puede dejar de aplicarlo.
  • Redondear mal las mayorías. Para 350 diputados, los dos tercios son 234 y no 233.

Resumen rápido

  1. Jerarquía: Constitución, Derecho de la UE, leyes y normas con rango de ley, reglamentos, costumbre y principios.
  2. Real Decreto-ley: urgencia y convalidación en 30 días. Real Decreto legislativo: delegación.
  3. Conflictos: jerarquía, tiempo, especialidad y competencia.
  4. Ley inconstitucional: Tribunal Constitucional; reglamento ilegal: lo inaplica el juez.

Ejercicios resueltos

1. Ordena de mayor a menor rango: reglamento del Gobierno, Constitución, costumbre, ley ordinaria, Real Decreto legislativo, principios generales del derecho. Indica qué dos están en el mismo escalón. base

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  1. En la cima está la Constitución de 1978, norma suprema del ordenamiento.
  2. Debajo van las normas con rango de ley: la ley ordinaria y el Real Decreto legislativo, que el Gobierno dicta por delegación de las Cortes (arts. 82-85 CE). Tienen el mismo valor.
  3. Después el reglamento, que desarrolla la ley y no puede contradecirla.
  4. Por último, las fuentes subsidiarias del artículo 1 del Código Civil: la costumbre y los principios generales del derecho.
  5. Entre costumbre y principios, el art. 1.4 del Código Civil dice que los principios se aplican en defecto de ley o costumbre, así que la costumbre va antes.

Resultado: Constitución > ley ordinaria = Real Decreto legislativo > reglamento > costumbre > principios generales. Están en el mismo escalón la ley ordinaria y el Real Decreto legislativo.

2. Asocia cada norma con su artículo de la Constitución: a) Real Decreto-ley; b) ley orgánica; c) principio de jerarquía normativa; d) reforma constitucional ordinaria. Artículos: 9.3, 81, 86, 167. base

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  1. a) El Real Decreto-ley está en el art. 86: lo dicta el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad.
  2. b) Las leyes orgánicas se regulan en el art. 81: desarrollan los derechos fundamentales y las libertades públicas, aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general.
  3. c) La jerarquía normativa es uno de los principios que garantiza el art. 9.3.
  4. d) El procedimiento de reforma ordinario está en el art. 167, que exige tres quintos de cada Cámara.

Resultado: a) art. 86; b) art. 81; c) art. 9.3; d) art. 167.

3. Una ley se publica completa en el BOE el 3 de marzo de 2027 y no dice nada sobre su entrada en vigor. a) ¿Cuándo entra en vigor? b) ¿Qué ocurriría si la ley dispusiera expresamente otra fecha? c) ¿Puede aplicarse a hechos anteriores a esa fecha? intermedio

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  1. a) El art. 2.1 del Código Civil fija el plazo de veinte días desde la completa publicación en el BOE. 3 de marzo + 20 días = 23 de marzo de 2027.
  2. b) Prevalecería la fecha indicada en la propia ley: la regla de los veinte días se aplica solo si la ley no dispone otra cosa.
  3. c) En principio no. El art. 9.3 CE garantiza la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, y el art. 2.3 del Código Civil dice que las leyes no tienen efecto retroactivo si no lo disponen expresamente.
  4. Ten en cuenta el matiz: no es una prohibición general, la ley puede ser retroactiva salvo en los casos protegidos por la Constitución.

Resultado: a) El 23 de marzo de 2027; b) se aplicaría la fecha de la ley; c) no, salvo que lo disponga expresamente y no se trate de normas sancionadoras desfavorables o restrictivas de derechos.

4. El Congreso de los Diputados tiene 350 miembros. Calcula los votos necesarios para: a) aprobar una ley orgánica; b) la reforma constitucional del art. 167; c) la reforma agravada del art. 168 (dos tercios). intermedio

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  1. a) La ley orgánica exige mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto. 350 : 2 = 175, y mayoría absoluta es más de la mitad: 176 votos.
  2. b) El art. 167 pide tres quintos de cada Cámara: 350 × 3/5 = 210 exactos, así que bastan 210 votos.
  3. c) Dos tercios: 350 × 2/3 = 233,33. No existen votos fraccionados, por tanto se necesitan 234 votos.
  4. Comprobación: 233 votos serían el 66,57 %, por debajo de 2/3.

Resultado: a) 176; b) 210; c) 234 votos.

5. Indica cuáles de estas materias puede regular un Real Decreto-ley y cuáles no: a) medidas urgentes para ayudar a los afectados por una inundación; b) cambio del régimen electoral general; c) desarrollo de un derecho del Título I de la Constitución; d) prórroga urgente de una ayuda fiscal temporal. Explica qué pasa después. intermedio

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  1. El art. 86 CE permite el Real Decreto-ley solo en casos de extraordinaria y urgente necesidad, y prohíbe que afecte al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades del Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas y al derecho electoral general.
  2. a) Sí: es un caso típico de urgencia y no afecta a las materias vedadas.
  3. b) No: el derecho electoral general está vedado.
  4. c) No: afecta a los derechos del Título I, que se regulan con ley orgánica u ordinaria, según el caso.
  5. d) Sí, siempre que se justifique la urgencia.
  6. Después, el Congreso debe convalidarlo o derogarlo en los treinta días siguientes a su promulgación. También puede tramitarse como proyecto de ley.

Resultado: Sí: a) y d). No: b) y c). El Congreso decide en 30 días si lo convalida o lo deroga.

6. Resuelve cada conflicto e indica el criterio: A) un reglamento contradice la ley que desarrolla; B) una ley autonómica regula una materia reservada al Estado en exclusiva (art. 149.1 CE); C) dos leyes ordinarias del mismo ámbito regulan lo mismo de forma distinta, una de 2010 y otra de 2022; D) una costumbre se opone a una ley aplicable. avanzato

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  1. A) Criterio de jerarquía. Prevalece la ley, y el reglamento ilegal puede ser anulado. El art. 97 CE exige que la potestad reglamentaria se ejerza de acuerdo con la Constitución y las leyes.
  2. B) Criterio de competencia. Las leyes estatales y autonómicas tienen el mismo rango, pero la ley autonómica invade una materia que la Constitución reserva al Estado, y por eso es inválida en esa parte.
  3. C) Criterio cronológico: la ley posterior deroga la anterior en lo que se opone (art. 2.2 del Código Civil). Prevalece la de 2022.
  4. D) La costumbre solo rige en defecto de ley aplicable (art. 1.3 del Código Civil). Aquí hay ley aplicable, y por tanto prevalece.

Resultado: A) jerarquía: la ley; B) competencia: la norma estatal; C) cronológico: la ley de 2022; D) la ley, porque la costumbre solo rige en defecto de ley.

7. Un juez debe resolver un caso y duda de la validez de una norma. Indica qué debe hacer si la norma es: 1) una ley que cree contraria a la Constitución; 2) un reglamento contrario a la ley; 3) una ley nacional que contradice un reglamento de la Unión Europea directamente aplicable. ¿Por qué no es igual en los tres casos? avanzato

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  1. 1) El juez ordinario no puede anular ni dejar de aplicar una ley por sí solo. Debe plantear una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (art. 163 CE), cuando la norma sea aplicable al caso y de ella dependa el fallo.
  2. 2) Los jueces y tribunales no aplican los reglamentos contrarios a la Constitución, a la ley o al principio de jerarquía normativa (art. 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Pueden inaplicarlo directamente.
  3. 3) El Derecho de la UE tiene primacía y los reglamentos son directamente aplicables. El juez nacional deja de aplicar la norma interna incompatible, sin pasar por el Tribunal Constitucional.
  4. La diferencia viene del rango: la ley tiene valor de ley y solo el Tribunal Constitucional puede expulsarla. El reglamento es inferior a la ley. La norma nacional choca con el Derecho europeo, que prevalece.

Resultado: 1) Plantea cuestión de inconstitucionalidad y no aplica por su cuenta; 2) inaplica el reglamento; 3) inaplica la ley nacional y aplica el reglamento de la UE.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la jerarquía de las fuentes del derecho en España?

De mayor a menor: la Constitución; el Derecho de la Unión Europea y los tratados internacionales; las leyes orgánicas y ordinarias junto con las normas del Gobierno con rango de ley y las leyes autonómicas; los reglamentos; y, como fuentes subsidiarias, la costumbre y los principios generales del derecho. El art. 9.3 de la Constitución garantiza el principio de jerarquía normativa.

¿Cuáles son las fuentes del derecho según el Código Civil?

El artículo 1.1 del Código Civil dice que las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. La jurisprudencia no es fuente formal, pero complementa el ordenamiento con la doctrina que el Tribunal Supremo establece de forma reiterada (art. 1.6).

¿Qué diferencia hay entre ley orgánica y ley ordinaria?

La ley orgánica regula las materias del art. 81 de la Constitución: derechos fundamentales y libertades públicas, Estatutos de Autonomía y régimen electoral general. Exige mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto. La ordinaria se aprueba con mayoría simple. Una no está por encima de la otra: se distinguen por la materia.

¿Qué es un Real Decreto-ley y en qué se diferencia de un Real Decreto legislativo?

El Real Decreto-ley (art. 86) lo dicta el Gobierno por su cuenta ante una extraordinaria y urgente necesidad, y el Congreso debe convalidarlo en treinta días. El Real Decreto legislativo (arts. 82-85) lo dicta el Gobierno por delegación previa de las Cortes, en una ley de bases o para refundir textos legales. Ambos tienen rango de ley.

¿Cuándo entra en vigor una ley en España?

Si la propia ley no dice otra cosa, a los veinte días de su completa publicación en el BOE (art. 2.1 del Código Civil). Antes, el Rey la sanciona, la promulga y ordena su publicación (art. 91 CE).